En la búsqueda de atravesar la temporada de verano sin incidentes en Mar del Plata, su intendente Carlos Arroyo, según la Defensoría del Pueblo, ha incurrido en medidas que consituyen un "delito" por tratarse de "abuso de autoridad".

Hace algunos días, se anunció que tanto los marplatenses como los turistas no podrán ingresar a la playa pública con bebidas alcohólicas y para controlar que eso no ocurra, efectivos policiales se encontraban en las puertas de acceso a las mismas para requisar a los transeúntes.

La Defensoría del Pueblo de General Pueyrredon manifestó que esos controles son "ilegítimos" y "abusivos" por lo que le exigen al Gobierno municipal que deje de ejercer ese tipo de actitudes.

Al respecto, el coordinador de la Defensoría, Fernando Rizzi, le explicó a un medio local que "hay preocupación por la modalidad en que se están realizando estos controles" y señaló que particularmente en Playa Grande, "por resultar de facultades abusivas de los agentes públicos y ser lesivas a los derechos y garantías de los usuarios de dichos espacios públicos".

A la vez, aseguró que los operativos que están realizando en las playas de la ciudad "son ilegales", ya que para detectar la portación de alcohol, se procede a la requisa de bolsos, heladeras portátiles y cualquier objeto que transporten las personas. También informaron que no está permitido extraer la bebida alcohólica por "la prohibición de alcohol se viola cuando se está consumiendo".

En ese sentido, Rizzi contó que "la única sanción que implica la ordenanza es una multa de $50" y que "no está previsto siquiera el decomiso así como revisar los bolsos". Y agregó "no hay ninguna legislación provincial ni municipal que lo habilite".

Paralelamente, remarcó que "requisar es el análogo a un allanamiento e implica invadir la esfera de la intimidad, y sólo lo puede hacer con autorización de un juez de garantías". Es por eso que desde la entidad y la comunidad marplatense se muestran muy preocupados por la orden de Arroyo y le exigen que frene el operativo.

Cabe señalar que la Ordenanza Nº 15743 "prohíbe en el ámbito del Partido de General Pueyrredon la venta, suministro a cualquier título, y consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública, espacios públicos, interior de estadios, polideportivos, u otros sitios de igual naturaleza". Particularmente, el artículo 18º establece que "las violaciones a lo dispuesto en la mencionada, darán lugar a la aplicación de las siguientes sanciones por consumir bebidas alcohólicas en lugares públicos, y/o medios de transporte y/o vehículos, multa de pesos $ 50 al máximo permitido".

Además, según remarcó Rizzi, la normativa deja constancia que "la infracción radica en consumir en lugares públicos, acción que no se consuma hasta tanto no se realice el hecho" y que "la sanción prevista una vez producido el acto de consumo en un lugar público, es de multa y no comprende decomiso ni secuestro".