Desde el Ministerio de Trabajo informaron que el lunes 30 de marzo, finalmente no será feriado puente. A pesar de esto, regirá la prohibición de asistir a empleos y demás ocupaciones conforme a lo dispuesto en los artículos 1 y 2 del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 297/2020 emitido la semana pasada que estableció el aislamiento social preventivo y obligatorio para luchar contra el avance del coronavirus.

"Es válido aclarar que el día 30 de marzo próximo no es día feriado y que al igual que el resto de los días del período de aislamiento social preventivo y obligatorio todos los trabajadores estarán dispensados de concurrir a sus lugares de trabajo y estar disponibles, en la medida de lo posible, para la prestación de tareas de manera remota", dice un comunicado de esa cartera.

La excepción serán, todavía y hasta el 31 de marzo, quienes trabajen en actividades "esenciales", como la producción, distribución y venta de víveres y elementos de higiene personal y limpieza del hogar.

Además, sigue vigente la resolución del Ministerio de Trabajo que estipula que los empleados afectados por el DNU "percibirán sus ingresos habituales" aunque estén exentos de ir a sus ámbitos laborales por el tiempo que se prolongue la cuarentena.