Detrás de la condena a CFK: Las irregularidades en la Causa Vialidad y la guerra en la Corte Suprema
Diagonales analizó sin sesgos políticos ni afinidades partidarias la trastienda del fallo más importante de la historia reciente y descubrió una impactante trama de internas, errores judiciales, designaciones familiares y reuniones privadas entre jueces y Presidentes en torno a la histórica sentencia contra la líder opositora.
Como uno de los desenlaces políticos más importantes desde el regreso de la democracia, la pena de cárcel e inhabilitación para ejercer cargos públicos contra la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner exigen retroactivamente un juicio riguroso, ajeno a toda sospecha de parcialidad y limpio de cuestionamientos sobre la idoneidad de los magistrados a cargo – y todo ello falla en la “Causa Vialidad”. En un informe especial, Diagonales analizó sin sesgos políticos ni afinidades partidarias la condena a CFK y descubrió la oscura trastienda del fallo: irregularidades, errores, arreglos y una guerra interna que jaquea la Corte Suprema.
Condenada y bajo prisión domiciliaria por administración fraudulenta en perjuicio del Estado en el “Caso Austral”, la titular del Partido Justicialista (PJ) no podrá presentarse a elecciones como planeaba pese a que goza de un piso de voto cercano al 30% y de alcance federal, lo que la convierte en una de las principales figuras “presidenciables” rumbo a 2027. El hecho que el peronismo denuncia como una “proscripción” fue festejado en otras fuerzas, pero las reacciones políticas son usualmente indiferentes al desarrollo formal del proceso judicial.
Lejos de las lecturas ideológico-partidarias, la investigación sobre los presuntos sobreprecios y arreglos espurios en torno a las 51 licitaciones públicas adjudicadas al Grupo Austral incluyó numerosos desmanejos que van en contra de la jurada imparcialidad de la Justicia. Connivencia, nexos políticos y familiares, conflictos de intereses, errores judiciales, reuniones presidenciales en privado y una guerra oculta en el máximo tribunal del país: el polémico caos que esconde Vialidad tras bambalinas.
1- El non bis in idem, la doble vara de Ercolini y la designación de su esposa
La primera denuncia por la Causa Vialidad apareció en 2008. Lo remitió a la Justicia la exdiputada Elisa “Lilita” Carrió, quien acusó una asociación ilícita conformada por el entonces presidente Néstor Kirchner, su ministro de Obras Públicas Julio de Vido y el empresario Lázaro Báez. El expediente fue presentado en Comodoro Py y cayó en manos del juez federal Julián Ercolini; sin embargo, el magistrado porteño se declaró incompetente por tratarse de proyectos situados en Santa Cruz y pidió que el caso sea investigado por un tribunal de la provincia.
Cinco años después, con Néstor Kirchner ya fallecido, una denuncia de la dirigente del PRO Mariana Zuvic volvió a insistir con la causa y esta vez involucró a Cristina Fernández de Kirchner, entonces en su segundo mandato como Presidenta, en condición de acusada. Como pidió Ercolini, la presentación ahora fue radicada en Santa Cruz, donde efectivamente se le dio tratamiento. Posteriormente, la Justicia federal de la provincia acabó sobreseyendo a los imputados ya que consideró que los delitos apuntados no existieron.
Sin perjuicio de todo ello, en 2016 se dio lugar a una nueva denuncia, esta vez bajo el Gobierno de Mauricio Macri. La presentación acusaba irregularidades en 51 obras públicas de Santa Cruz pero fue presentada en Comodoro Py, donde de nuevo cayó en el despacho de Ercolini. No obstante, sorprendentemente, el juez federal porteño cambió de opinión y accedió a tratar la investigación aunque él mismo la había rechazado hacía menos de 10 años, tiempo en el que no ocurrió ninguna modificación legal que argumentara el volantazo.
La decisión de Ercolini resultó llamativa además porque configura una violación flagrante del non bis in idem, el principio judicial por el que “una cosa no puede ser juzgada dos veces”. Es que, tras el sobreseimiento de la Justicia federal en Santa Cruz, la causa debería haber continuado en todo caso con una apelación, mas no con una nueva denuncia en la Justicia federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA). El magistrado hizo la vista gorda de aquello y otorgó luz verde a la causa.
Un último factor despierta polémica en la definición judicial: mientras Ercolini aceptaba la denuncia, resulta que su esposa Julia Kenny ocupaba un cargo en el Gobierno de Macri como vocera del Ministerio de Justicia en la gestión de Germán Garavano. El conflicto de intereses entre la parte denunciante (el oficialismo) y el juez (el marido de una funcionaria gubernamental) no significó para el Poder Judicial una cuestión lo suficientemente importante como para buscar otro tribunal.
2- El dictamen de Iguacel que niega los sobreprecios en la obra pública
La denuncia presentada en aquel momento por el macrismo fue elaborada tras un informe de la Dirección Nacional de Vialidad (DNV) que entre 2016 y 2018 condujo el dirigente cambiemita Javier Iguacel. En una de sus primeras tareas como interventor del área, el funcionario del PRO llevó a cabo, por órdenes de la Casa Rosada, una auditoría sobre las obras públicas iniciadas durante la era kirchnerista en Santa Cruz por la DNV y su parte provincial entre 2004 y 2015.
En retrospectiva, el resultado del estudio es, cuanto menos, inesperado. En el dictamen, el propio macrismo indicaba que “del examen practicado no se evidencian deficiencias constructivas de relevancia, como así tampoco tareas que hayan sido certificadas sin ejecutarse, salvo en algunos casos puntuales que fueron detallados en cada obra”. Pese a los susodichos “casos puntuales” de subejecución, la conclusión general de Iguacel era que “los desajustes observados no se consideran relevantes”. Eso no detuvo el curso judicial.
3- El álbum de fotos: “Liverpool”, el club de paddle y los torneos en lo de Macri
Tres años después, la causa entró en etapa de juicio oral a cargo del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2, conocido como TOF 2 e integrado por los magistrados Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso. Fue en esta instancia que cobraron trascendencia además los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola, los mismos que en los últimos días solicitaron negarle la prisión domiciliaria a CFK. Varios de estos nombres resultan extremadamente importantes en la que es, tal vez, la mancha más impactante de todo el proceso.
Como informó el periodista Matías Mowszet, la Casa Rosada tenía llegada directa a muchos de estos jueces e incluso el entonces Presidente mantenía reuniones asiduas con los magistrados. Los nexos y contactos quedaron inmortalizados en numerosas fotografías, a saber:
- Rodrigo Giménez Uriburu (juez del TOF 2) compartió equipo de fútbol con Diego Luciani (fiscal federal). Los letrados compitieron en un torneo organizado en la quinta privada de Macri en Los Abrojos. El equipo del escándalo llevaba el nombre de Liverpool.
- La conexión probada entre el juez y el fiscal, partes supuestamente independientes en la causa, desencadenó un pedido de recusación por parte de CFK. Tras el recurso, Rodrigo Giménez Uriburu (juez del TOF 2) posó tomando mate del Liverpool en una videollamada judicial.
La recusación terminó siendo rechazada, como todas las que presentó la defensa de la expresidenta a lo largo del juicio. En este caso, la petición fue revisada en primer lugar por el propio TOF 2 y luego, apelación mediante, por la Sala IV de la Cámara de Casación Penal, a cargo de los magistrados Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Javier Carbajo. Al respecto:
- Mariano Borinsky y Gustavo Hornos (jueces de Casación) jugaron al paddle con Macri en la Quinta de Olivos en numerosas ocasiones. En 2021, Borinsky reconoció a ElDiarioAr que efectivamente había asistido a la Residencia Presidencial “pero no tantas veces”.
- El procedimiento en su totalidad fue supervisado por la Cámara Federal que presidía el juez Mariano Llorens. Casualmente, este magistrado también es arquero del Liverpool, el equipo en el que Giménez Uriburu y Luciani jugaban al fútbol en la vivienda de Macri
4- Las presunciones desmentidas por el Procurador de Milei
Hasta el día de la ratificación de la sentencia por parte de la Corte Suprema, la Fiscalía continuó exigiendo la ampliación de la pena contra CFK de 6 a 12 años de prisión por el delito de “asociación ilícita”, acusación que fue respaldada por el juez Basso pero no por sus pares del TOF 2 Gorini y Giménez Uriburu. La figura presupone que la expresidenta habría tenido conocimiento de todo lo que ocurría en la administración pública por ser Jefa de Estado, de lo que se deduciría su responsabilidad en la trama de corrupción denunciada.
Sin embargo, este argumento fue desmentido por nada menos que Rodolfo Barra, quien se desempeñó como Procurador del Tesoro de la Nación entre diciembre de 2023 y enero de 2025 durante el Gobierno de Javier Milei. Como surge de la designación, el abogado no guarda afinidad alguna con el kirchnerismo, pero en 2022 se expresó sobre la Causa Vialidad con un contundente dictamen que niega la culpabilidad de CFK ya que “el Presidente no tiene responsabilidad administrativa ni penal en el caso”.
Los argumentos del exprocurador de Milei rebaten no solo las acusaciones sobre la supuesta asociación ilícita, sino también varios de los puntos esgrimidos para sostener la administración fraudulenta; por ejemplo:
- La DNV, encargada de la ejecución de las 51 licitaciones adjudicadas a Lázaro Báez, “es autónoma y sujeta a controles del Ministerio de Economía, pero no recibe instrucciones directas del Presidente”.
- Las obras de la Causa Vialidad estaban incluidas en las leyes de Presupuesto que aprobó el Congreso entre 2004 y 2015 con el voto de oficialistas y opositores. Si hubiera habido sobreprecios, los legisladores habrían estado al tanto y, por ende, formarían parte de la asociación ilícita.
- El TOF 2 aseguró que el Decreto 54/2009 dictaminado por CFK era una disposición diseñada a medida del Grupo Austral para financiar las contrataciones a través de un fideicomiso, pero la iniciativa “fue legítima” y “sigue vigente”.
- “No hay responsabilidad penal objetiva del Presidente por el decreto ni por posibles delitos relacionados con obras” ya que legalmente es el Jefe de Gabinete quien tiene la responsabilidad constitucional de la gestión “para ejercer la administración general del país y ejecutar el presupuesto nacional”.
5- La reflexión de Cúneo Libarona: “La gente la da por condenada, pero es discutible”
A la luz de este camino, el siguiente razonamiento podría ser válido: incluso si efectivamente se cometió fraude al Estado en las “líneas bajas” de la administración pública (por ejemplo, a través de De Vido), ello no quiere decir por simple extrapolación que la entonces Presidenta tenga responsabilidad alguna en el hecho. La deducción no es original de esta nota – lejos de ello, pertenece a uno de los abogados más cercanos a Milei: el ministro de Justicia Mariano Cúneo Libarona, un “anti K” de extrema confianza del líder libertario.
“La gente la da por condenada, pero yo creo que jurídicamente es discutible”, planteaba el letrado en una aparición mediática en 2022, previo al triunfo electoral de La Libertad Avanza (LLA) y a su consecuente incorporación al Gabinete. Por entonces, el hoy Ministro evidenciaba serias dudas sobre el proceso judicial: “¿Está probada la intervención de CFK en el hecho? El concepto general es: no. ¿Hay asociación ilícita? ¿Se pusieron de acuerdo con un dolo común para cometer delitos indeterminados? El concepto general es: no”.
“Las defensas han sido muy buenas y no han tenido trascendencia. Yo trato de ser objetivo y justo. Va a costar comprobar intervención directa, asociación ilícita, dolo y acuerdo común. La gente cree que está condenada; yo te digo: vamos a lo jurídico, que es lo que interesa”, advertía Cúneo Libarona en el video de archivo que, nobleza obliga, a la luz de las circunstancias actuales parece distante de lo que el funcionario libertario, de máxima confianza de Milei, pregona al menos de la boca hacia afuera.
El fallo unánime de la Corte Suprema y las “conjeturas” de la defensa de CFK
Tras ese extenso recorrido judicial, finalmente el caso llegó, por la apelación de CFK, a la Corte Suprema de Justicia. El tribunal más importante del país le dio tratamiento con relativa celeridad a una de las causas más pesadas de la historia reciente y el martes 10 de junio confirmó formalmente la sentencia dictada por el TOF 2 contra la expresidenta. El juzgado se expresó de forma unánime, con el voto conjunto de sus tres ministros: Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.
En el fallo, los magistrados determinaron que, aunque “la defensa enuncia diversos hechos relativos a conexiones entre jueces y fiscales o encuentros con ciertos funcionarios del Poder Ejecutivo Nacional”, la queja presentada por la titular del PJ “no indicó ni una sola circunstancia concreta que permita inferir razonablemente que se ha comprometido la imparcialidad de los jueces”. En ese sentido, el tribunal consideró que las acusaciones son “meras conjeturas” que “invocan principios genéricos sin haber siquiera intentado encuadrarlas en los supuestos específicos de recusación”.
Por lo demás, es sabido que dos de las cinco sillas de la Corte Suprema están vacantes. Es sabido, también, que dos de las tres bancas que sí están ocupadas fueron designadas por decreto por Macri cuatro días después de iniciar su mandato. El hecho le valió fuertes críticas tanto al Gobierno de Cambiemos como a los jueces Rosatti y Rosenkrantz; cuestionamientos que son válidos pero deben ir acompañados por el recordatorio de que ninguno de los dos magistrados asumió sino hasta ser ratificados por dos tercios del Senado como indica el reglamento.
Guerra en la Corte Suprema, un tribunal vacío y cooptado por la interna judicial
No obstante, no es tan conocido lo que sucede tras bambalinas: una guerra sin cuartel al interior de la instancia judicial más importante de la República. Los enfrentamientos se remiten a varios años de desencuentros entre los magistrados, pero tienen un reciente hito decisivo en abril de 2023 con la decisión de Rosatti, Rosenkrantz y el entonces cuarto miembro Juan Carlos Maqueda de echar al Administrador General de la Corte Daniel Marchi, hombre de confianza de Lorenzetti y empleado con una década y media de experiencia en el tribunal.
El funcionario fue despedido luego de presentarle a Rosatti un informe sobre presuntas irregularidades en la Obra Social del Poder Judicial de la Nación (OSPJN). Tras ser desplazado, Marchi llevó la cuestión a la Justicia y denunció que los jueces lo echaron porque los incomodó su reporte, al tiempo que acusó a Rosatti de orquestar una persecución interna en la Corte y de amenazar a varios empleados diciendo que si no lo obedecían “iban a terminar en Siberia”, palabras que habría pronunciado su mano derecha Silvio Robles.
La crisis escaló hasta un punto tal que un año después, en mayo de 2024, Lorenzetti aprovechó un voto en disidencia sobre la fundación de una nueva Secretaría para declarar públicamente que sus colegas de la Corte “desean ocupar espacios de poder interno” e impulsaron “decisiones apresuradas para crear oficinas, direcciones e ingresos de personal como pocas veces se ha visto en el tribunal” para ubicar en esos cargos a funcionarios “sin concurso, en base a amistad o parentesco y contrariando las expectativas de austeridad”.
Junto a ello, Lorenzetti acusó a Rosatti y Rosenkrantz de tener “intereses oscuros” y alegó que se han dejado llevar por la “ambición” en lugar de la “excelencia” como ministros: “Lamentablemente considero necesario ponerlo de manifiesto porque la obligación de un magistrado es con la sociedad. Siento verdadera tristeza por el estado de situación de esta Corte”. Llama la atención que las acusaciones no hayan desembocado en cuestionamientos más serios sobre la idoneidad de los jueces en un tribunal en el que dos ya son mayoría.
Más allá de todo, los nombres propios en esta nota son omisibles. El análisis de un juicio como este, con efectos tan importantes para la política y democracia argentinas, no debería reparar en ellos sino en las cuestiones formales del procedimiento – ese es, humildemente, el espíritu de este relevamiento en su intento por presentar la información sin sesgos ni afinidades partidarias. Por lo demás, si ladra, tiene cuatro patas y mueve la cola, es perro, y en esta causa las irregularidades son múltiples, y las consecuencias, históricas.