Tras la aprobación de la nueva Ley de Alquileres que obtuvo su etapa final de debate ayer en el Senado, se abren las expectativas sobre los avances que obtendrá la comunidad de inquilinos del país a partir de la nueva normativa. Ampliación de la duración mínima de los alquileres, regulaciones en los precios de entrada y controles legales sobre contratos y garantías son algunos de los principales puntos. A continuación, un repaso.

En primer lugar, se fijarán nuevos parámetros de precios. El índice para la actualización anual de los precios estará determinado en igual medida por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), que debe ser elaborado y publicado mes a mes por el Banco Central.

A su vez, se establece que el mes de pago anticipado y el depósito de garantía no pueden ser mayores al equivalente a un mes de alquiler, respectivamente. El reintegro del mes de garantía, en tanto, debe realizarse en efectivo al momento de la restitución del inmueble, al valor del último mes de alquiler.

Por otro lado, el locatario dejará de tener a su cargo el pago de impuestos que graven a la propiedad -como el ABL y ARBA- ni el pago de expensas comunes extraordinarias.

Otro de los detalles apunta a la duración del contrato de alquiler, cuyo plazo mínimo del se ampliara a tres años, con las excepciones del artículo 1199 del Código Civil y Comercial de la Nación. Hasta ahora, el plazo mínimo era de tres años.

En cuanto a la garantía, el locatario debe proponer al menos dos alternativas entre título de propiedad inmueble, aval bancario, seguro de caución, fianza o garantía personal del locatario (recibo de sueldo, certificado de ingresos, etcétera).

Asimismo, se establece la “obligatoriedad de declarar los contratos de locación ante la AFIP”, punto que debería garantizar mayor transparencia y legalidad en los acuerdos legales frente a los alquileres. En la actualidad, muchos de estos trámites se desarrollan en clandestinidad o en fronteras difusas sobre su legitimidad.

La intermediación solo puede estar a cargo de un profesional matriculado para el corretaje inmobiliario.

Por otro lado, en un momento de plena inestabilidad económica, la Ley también incluirá la creación del Programa Nacional de Alquiler Social, destinado a generar medidas que faciliten el acceso a una vivienda digna en alquiler mediante una contratación formal para personas en situación de vulnerabilidad.