La Corte Suprema de Justicia de la Nación definió este jueves que el gobernador de Tucumán, Sergio Uñac, no puede presentarse a una nueva reelección. Los ministros Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda, Carlos Rosenkrantz consideraron que el mandatario está inhabilitado para ser candidato en su provincia. 

Por su parte, Ricardo Lorenzetti no votó porque no había intervenido en la cautelar que había suspendido las elecciones. 

Además de resolver que Uñac no podrá competir en estos comicios, el máximo tribunal estableció un criterio amplio en materia de prohibición de reelecciones que trasciende los límites sanjuaninos. Los tres jueces intervinientes sostuvieron que la Constitución Nacional establece una pauta republicana que las impide aunque no haya una prohibición expresa en las constituciones provinciales.

Ya en el fallo de la Corte sobre la provincia de Santiago del Estero se había establecido que cuando la Constitución de la provincia prohíbe la reelección del gobernador pero algún partido político hace una interpretación diferente para poder realizarla, se viola el artículo 5 de la Constitución Nacional.

En la resolución sobre la provincia de Río Negro que impidió la candidatura de Alberto Weretilneck en 2019, se trató el caso de la sucesión recíproca, es decir, que el gobernador no puede ser vice y luego gobernador. 

Sin embargo, el fallo por el caso de San Juan ahora sienta un nuevo precedente porque establece que aunque no hubiera una prohibición en la constitución provincial la reelección está prohibida con base en la Constitución Nacional. 

Esta decisión tiene un fuerte impacto a nivel nacional porque de aplicar ese criterio, por ejemplo, la candidatura de Gildo Insfrán en Formosa podría verse perjudicada.