Tras varios días de expectativa, la Corte Suprema de Justicia de la Nación se declaró “incompetente” para resolver la discusión por el pedido de impugnación de la precandidatura de Jorge Macri. El actual precandidato a jefe de Gobierno de CABA carga con denuncias de dirigentes de izquierda y del peronismo quienes lo acusan de no cumplir con las condiciones legales para postularse en territorio porteño. En ese marco, el máximo tribunal se pronunció a través de una resolución.

En efecto, el tribunal decidió “declarar que la presente causa es ajena a la competencia originaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”, en referencia a la presentación realizada de manera por la precandidata del Frente de Izquierda, Vanina Biasi. Antes, el entonces también precandidato porteño Nito Artaza había presentado una demanda similar pero en la justicia de Ciudad.

En ese sentido, la Justicia Electoral de la Ciudad ya se había pronunciado en un fallo favorable a Macri, de manera que la causa fue elevada al máximo tribunal de la Nación, a la espera de una respuesta. En tanto, la CSJN remarcó en su documento que “sólo procede cuando la acción entablada se funda directa y exclusivamente en prescripciones constitucionales de carácter nacional, leyes del Congreso, o tratados de tal suerte que la cuestión federal sea la predominante en la causa”.

Este nuevo fallo salió con la firma de tres de los cuatro jueces de la Corte: el presidente Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda. Ricardo Lorenzetti no votó por un pedido de licencia que arrancó este martes. En la resolución hicieron hincapié sobre el modo de acción que tuvo la Corte en casos anteriores que dejaron asentados precedentes.

De tal manera, la Corte subrayó que en este caso “no se configura una cuestión federal predominante que determine la competencia originaria de esta Corte”. 

En ese sentido, remarcan que “el pleito exige en forma ineludible interpretar cláusulas constitucionales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires vinculadas con las condiciones requeridas para ser electo como titular del Poder Ejecutivo local, asunto que concierne a su procedimiento jurídico político de organización, es decir, a un conjunto de actos que deben nacer, desarrollarse y tener cumplimiento dentro del ámbito estrictamente local”.