El gobierno de Alberto Fernández oficializó este viernes la ampliación del cierre de fronteras que regía desde el 16 de marzo último "a las personas residentes en el país y a los argentinos y las argentinas con residencia en el exterior" a través de la totalidad de los pasos internacionales, puertos, aeropuertos y centros de frontera.

Esta medida que fue anticipada ayer por el ministro de Defensa de  la Nación, Agustín Rossi, fue adoptada por medio del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 313/2020 publicado este viernes en el Boletín Oficial.  


Si bien el DNU establece como plazo de vigencia el 31 de marzo, inclusive, aclara que el plazo previsto "podrá ser ampliado o abreviado" por el ministerio del Interior previa intervención de la autoridad sanitaria de Argentina conforme a la evolución de la situación epidemiológica.

Están exceptuados los mismos grupos de personas previstos en el decreto 274 del 16 de marzo pasado que dispuso el cierre parcial de fronteras: las personas que estén afectadas al traslado de mercaderías por operaciones de comercio internacional de transporte de cargas de mercaderías, por medios aéreos, terrestres, marítimos, fluviales y lacustres; los transportistas y tripulantes de buques y aeronaves y las personas afectadas a la operación de vuelos y traslados sanitarios.

También se encuentran exceptuadas del cierre total de fronteras quienes se encuentran en tránsito aéreo hacia Argentina con fecha de ingreso comprobada dentro de las 48 horas siguientes a la fecha de publicación de este decreto en el Boletín Oficial.

Sin embargo, el decreto señala que "el eventual ingreso efectivo a la Argentina de cada persona o medio de transporte autorizado, estará supeditado al estricto cumplimiento de las recomendaciones y directivas de la autoridad sanitaria nacional".

Se establece también que la Cancillería adoptará "a través de las representaciones argentinas en el exterior, las medidas pertinentes a efectos de facilitar la atención de las necesidades básicas de los nacionales argentinos o residentes en el país que no pudieran ingresar al territorio nacional", hasta tanto puedan hacerlo.