El gobierno de Javier Milei vuelve afrontar un embate judicial que luego de que la Justicia Federal resolviera suspender la eliminación del Fondo Compensador del Interior, destinado a los subsidios al transporte en las provincias.

Así lo resolvió el juez federal de Rawson Hugo Ricardo Sastre al hacer lugar a la medida cautelar presentada días atrás por el gobernador de Chubut, Ignacio Torres. En su demanda, el mandatario provincial del PRO había solicitado que Nación restablezciera los recursos que había decidido eliminar de forma unilateral por considerar que la medida era una “vulneración de un derecho de raigambre constitucional”.

A su vez, la presentación realizada por el gobernador pedía celeridad a la Justicia Federal dado que consideraba que el funcionamiento del transporte público en la provincia corría peligro ante la falta de recursos.

Menos de 48 horas después, el juez federal de Chubut ordenó al Estado nacional que “se abstenga de dictar y/o ejecutar cualquier acto que persiga la eliminación y/o reducción del Fondo Compensador del Interior con significación en el transporte urbano y suburbano de pasajeros en jurisdicción de la provincia del Chubut”.

“La decisión del Gobierno Nacional ha sido inconveniente e intempestiva, provocando desequilibrio de las cuentas provinciales; una crisis empresarial en el sector afectado, y el perjuicio a los usuarios del sistema de trasporte público de pasajeros, que no podrían quedar a merced de una decisión de tamaña envergadura –como lo es la súbita quita de subsidios”, argumentó el juez Sastre en su fallo. 

Y añadió: "El articulo 28, CN, al prescribir que los derechos no pueden ser alterados por las leyes que reglamenten su ejercicio, consagra el principio de la razonabilidad o justicia como regla sustancial del comportamiento del Estado, estatuyendo un principio que, aun cuando parezca referirse a las leyes formales, se extiende también a las leyes en sentido material y a los actos administrativos…así ha podido señalarse que tanto el Congreso como el presidente de la república, tanto los funcionarios administrativos como los jueces, están constitucionalmente obligados a cumplir sus conductas mediante actos razonables, que resistan una estimativa axiológica y capaces de ser compartidos por el hombre común”.

A su vez, la Justicia consideró que la medida del Gobierno de eliminar el Fondo Compensador fue “inoportuna” y “reprochable” en una época próxima a “a la finalización del periodo estival y al inicio del ciclo lectivo 2024, época de más mayor demanda en el uso del trasporte público de pasajeros, con una geografía, distancias y condiciones climáticas como la de la Provincia del Chubut”. 

Finalmente, el magistrado advirtió que “tomar decisiones intempestivas como la discutida en autos sin un fundamento racional concreto, más allá del enunciado simbólico de querer beneficiar directamente a los usuarios del sistema, atenta contra la situación económica de la accionante de autos -imposibilitada de sustentar el servicio público de trasporte de pasajeros urbano y suburbano, siendo dependiente –desde hace años- de las varias veces millonarias partidas presupuestarias que periódicamente remitía la demandada a las arcas del estado Provincial”.