El exgobernador de Entre Ríos y actual embajador argentino en Israel y Chipre, Sergio Urribarri, enfrenta un juicio por presunta defraudación millonaria contra el estado provincial. Durante los alegatos, la fiscalía solicitó una pena de doce años de prisión, como también la inhabilitación absoluta y perpetua para ejercer cargos públicos.

Urribarri está acusado de llevar adelante negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, peculado y defraudación a la administración pública. Según los representantes del Ministerio Público Fiscal, Patricia Yedro, Juan Francisco Ramírez Montrull y Gonzalo Badano, existió un plan de desvío de fondos con diversas contrataciones de publicidad, elaboración de productos de imprenta, refacciones edilicias para la realización del encuentro de presidentes del Mercosur y hasta la instalación de un parador de promoción turística en Mar del Plata. 

La fiscalía estima que el desvío de fondos alcanza los nueve millones de dólares. En esa misma causa, está imputado el exministro de Cultura y Comunicación, Pedro Báez, quien podría afrontar una pena de diez años de cárcel en caso de ser hallado culpable, como también ser inhabilitado para ejercer cargos públicos, al igual que Juan Pablo Aguilera, cuñado de Urribarri y exsecretario de la Cámara de Senadores de la provincia, quien era propietario de las imprentas contratadas por el gobierno de Entre Ríos. 

Durante el alegado, los fiscales aseguraron que Urribarri, Baez y Aguilera no informaron sobre el choque de intereses porque las contrataciones formaban parte de un plan de desvío de fondos. En ese sentido, sostuvieron que se realizaron “pagos que no debieron hacerse” y contrataciones a empresas que no estaban en el registro oficial de proveedores del Estado.

Además, mencionaron que en ese proceso se adulteraron fotografías que se habrían utilizado como prueba de supuestos trabajos realizados y que se hicieron contrataciones sin justificación, irregularidades en los expedientes y sobreprecios. Para Yedro, Montrull y Badano todo ello constituye delitos penales que “no pueden ser tratados como meros errores administrativos”.