La nueva ley de movilidad jubilatoria impulsada por el gobierno de Alberto Fernández, que ya cuenta con dictamen de mayoría de la comisión bicameral de Movilidad Previsional, abrió una serie de debates y acusaciones cruzadas en torno a sus potenciales beneficios en relación a los haberes jubilatorios. Esta nueva ley pretende reemplazar la que, en 2017, sancionó el gobierno de la alianza Cambiemos. En este marco de situación, principalmente los sectores de la oposición liderados por Juntos por el Cambio, manifiestan su rechazo a la reforma, argumentando que la movilidad actual garantiza que los haberes jubilatorios le ganen a la inflación. Del otro lado, el argumento es contario: el Frente de Todos sostiene que es una necesidad imperiosa la reforma del actual cálculo de movilidad jubilatoria debido a que éste no permite que los haberes evolucionen por encima del índice de precios. La propuesta del Gobierno reside en reformar la ley y volver, aunque con pequeñas modificaciones, a la forma de cálculo aplicada a partir del 2008 mediante la ley 26.417 que rigió hasta el 2017.

Ahora bien, ¿en qué se basaban estos cálculos de movilidad y cuáles son sus principales diferencias? El cálculo de movilidad votado en 2008 se ajustaba semestralmente en marzo y septiembre de cada año. La fórmula estaba compuesta en un 50% por la variación del índice de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), o el índice de salarios de INDEC (el que resulte mayor de ambos) y el otro 50% por la variación de recursos tributarios por beneficio de ANSES. La fórmula vigente está compuesta en un 70% por la variación del índice de precios al consumidor de INDEC, es decir la inflación, y un 30% por la variación de los salarios. Las actualizaciones dejaron de ser semestrales para pasar a ser trimestrales.

Habiendo hecho estas aclaraciones haremos una breve descripción de cómo evolucionaron los haberes jubilatorios con cada fórmula, para intentar poner blanco sobre negro y tener un mayor grado de compresión sobre la eficacia de los distintos cálculos de movilidad.

LEY 2008 VS LEY 2017: ¿CÓMO FUE LA EVOLUCIÓN DE LOS HABERES JUBILATORIOS?

Un reciente informe del Centro de Economía Política Argentina (CEPA) analizó la evolución de los haberes jubilatorios en relación a la inflación con el cálculo de 2008 y de 2017. Dicho informe sostiene que, durante las 18 mediciones que van en el período de 2008 a 2017, solo en 5 oportunidades los haberes jubilatorios quedaron por debajo de la inflación, siendo 3 de las 5 durante los años 2016/17. Por otra parte, en lo que respecta al período donde se puso en práctica el actual cálculo de movilidad, es decir a partir de diciembre 2017, la pérdida real de los haberes fue cercana al 13%. Esto, sumado a los 7 puntos porcentuales que los haberes jubilatorios perdieron en términos reales desde 2016, hace la cifra de una caída de 20 puntos porcentuales durante todo el mandato de la alianza Cambiemos.

Reactivación económica: la apuesta del Gobierno para las jubilaciones, con final incierto

Los números analizados en el informe son contundentes y se desprende una rápida conclusión: la actual fórmula no permite que los haberes jubilatorios le ganen a la inflación, debido a que, durante la vigencia de la misma, es donde se acumula la mayor pérdida real de las jubilaciones. El principal problema es que, al estar compuesta un 70% por el índice de precios, impide que el cálculo pueda evolucionar por encima de la inflación, a lo sumo puede aspirar a equipararla. Por otro lado, solo un significativo aumento de los salarios podría aspirar a potenciar el cálculo previsional por encima del índice de precios, aunque de manera relativa, ya que los salarios solo ponderan un 30% en la fórmula. Aunque esto último es harina de otro costal, vale aclarar que tampoco fue lo que sucedió. Los salarios reales del sector privado cayeron, en promedio, alrededor de 18% durante los últimos cuatro años.

De todo esto algo queda claro: es necesario reformar el actual cálculo de movilidad jubilatoria ya que no permitió, durante los años en vigencia, que los haberes jubilatorios evolucionen por encima de la inflación. Y esto, se debe a una problemática del orden de lo estructural, es decir de cómo está compuesto el cálculo.

NUEVA LEY Y DEBATE SOBRE EL CÁLCULO: ¿ES EL RIPTE A MEJOR OPCIÓN?

Como decíamos al comienzo, la nueva ley pretende reestablecer casi idénticamente a la fórmula sancionada en 2008. La principal diferencia consiste (las actualizaciones volverían a ser semestrales y un 50% estaría conformado por los recursos tributarios por beneficio de ANSES) en que se escogería solo el índice RIPTE para tomar la evolución de los salarios, en lugar de elegir el de mayor evolución entre éste y el índice de salarios de INDEC. Algunos especialistas en el tema señalaron su preocupación por este cambio debido a que sostienen que el RIPTE en algunas oportunidades ha quedado por debajo del IPC. Efectivamente es tan cierto este hecho como que también, en casi la misma cantidad de oportunidades, el RIPTE superó al IPC.

Reactivación económica: la apuesta del Gobierno para las jubilaciones, con final incierto
cuando el RIPTE quede por debajo de la misma esto impactará negativamente en el cálculo. Al margen de estas apreciaciones, en los hechos sucede algo contundente: esta nueva fórmula tendría muchas más posibilidades que la actual de que los haberes jubilatorios evolucionen por encima de la inflación.

Para terminar, un comentario no menor y del orden del largo plazo. El Gobierno encabezado por Alberto Fernández está apostando fuertemente a que el repunte de la actividad económica tenga un impacto favorable para las jubilaciones con este nuevo cálculo, pero no solo en éstas, sino también en otras variables macroeconómicas como los salarios, la inversión y el consumo, para nombrar algunas.

Si el nuevo cálculo depende de los salarios de los trabajadores en relación de dependencia y de la recaudación de ANSES, es entonces viable pensar que estas dos variables tengan una evolución favorable si la actividad económica se recupera. Por este motivo es relevante entender que la reforma del cálculo previsional está relacionada con los objetivos de recuperación económica para los años de gobierno que queda. La reactivación económica y su impacto en las diferencias variables, muy probablemente, será una agenda de gobierno muy fuerte para 2021.