El juzgado Contencioso Administrativo Federal 5 rechazó la medida cautelar presentada por el ex futbolista Carlos Tevez, para no pagar el impuesto a las grandes fortunas que fue pensado como un aporte extraordinario para enfrentar los efectos del COVID-19. 

"Cuando la pretensión cautelar se intenta contra la Administración Pública es menester demostrar prima facie -y sin que ello implique un prejuzgamiento de la cuestión de fondo-, la manifiesta arbitrariedad del acto cuestionado, dado el rigor con que debe apreciarse la concurrencia de los supuestos que la tornan admisible", señala el fallo que rechaza la presentación de Tevez.

Además, señalan que "la procedencia de las medidas cautelares se halla condicionada a que se acredite la apariencia o verosimilitud del derecho invocado por quien las solicita, y el peligro en la demora, que exige que la probabilidad de que la tutela jurídica definitiva que la actora aguarda de la sentencia a pronunciarse en el proceso principal iniciado o a iniciarse, no pueda, en los hechos, realizarse, es decir, que a raíz del transcurso del tiempo los efectos del fallo final resulten prácticamente inoperantes".

La presentación, que en su momento realizaron los letrados del exfutbolista, indicaba que "el cobro de dicho impuesto era confiscatorio, dado que el aporte que debía realizar representaba una incidencia del 200,40% de sus rendimientos percibidos del año 2020, es decir, absorbiendo el equivalente a la renta obtenida en dos ejercicios anuales completos".

Cabe recordar que desde fines de enero de este año, empezó a regir en el país el impuesto extraordinario a las grandes fortunas, una ley aprobada en diciembre del año pasado establecida como un “aporte solidario” que grava de manera progresiva a las personas que tengan un patrimonio igual o mayor a los $200 millones de pesos, es decir, un poco más de dos millones de dólares.

El pago es del dos por ciento sobre los bienes que tiene en su patrimonio la persona alcanzada. El capitán y diez de Boca, que jugó la mayoría de su carrera profesional en el exterior, principalmente en Europa, justamente estaba entre las 11.855 personas naturales que reportó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).