Con la publicación en el boletín oficial de la provincia de Buenos Aires de la ley 14.836, que modifica la Ley Orgánica de las Municipalidades, no sólo aparecen las ya mencionadas modificaciones discutidas en el Parlamento que preveen la no reelección indefinida de intendentes y cargos electos en la comuna, sino que también aparecieron cambios que trajeron malestar en los jefes comunales bonaerenses y que sin duda les representará un dolor de cabeza en el armado de listas para el 2017. 

Esta nueva Ley Orgánica suma nuevas incompatibilidades para todo aquél que quiera ejercer el cargo de Concejal o de funcionario municipal. Es una realidad que se vive en distintos municipios del territorio bonaerense que ediles tengan otro trabajo estatal, ya sea de dependencia nacional o provincial porque no les alcanza para vivir el sueldo que perciben como funcionarios del legislativo local. Sin embargo, con la promulgación de esta ley, esto ya no podrá ser así porque representará una "incompatibilidad" para ejercer el cargo, por lo que tendrán que renunciar a su trabajo del Estado nacional o provincial para estar en funciones en el Concejo Deliberante.

Para graficarlo de manera sencilla, si hay un concejal que tiene un cargo en Anses, deberá optar por uno de los dos trabajos y sin duda que dejaría el de edil porque le representa un ingreso mucho menor. Esta realidad significará un dolor de cabeza para los intendentes cuando tengan que armar las listas de cara al 2017. "¿Quién va a querer participar?", se preguntó un intendente enojado. 

El Jefe Comunal de Laprida, Alfredo Fisher, conversó con Diagonales y se mostró en desacuerdo y señaló que ya se lo manifestó a los miembros de su espacio y comparten posturas. Además contó que ya se comunicó "con el Tribunal de Cuentes y ayer con la Asesoría General de Gobierno sobre todo por un punto (el artículo 9 de la Ley) que nos empieza a afectar desde el momento en que se aprueba la Ley .

Lo que le preocupa a Fisher es que ese artículo hace referencia a los concejales que estén con una compensación por haber renunciado a la dieta y para ser más claro, ejemplificó cuando tenés un jubilado de determinado nivel del Estado que renuncia a la dieta de concejal, pero el Concejo Deliberante le reconoce una compensación, el artículo 9 señala que a partir de la firma de la Ley, cesa el derecho a cobrar esa compensación . Y sobre eso nosotros tenemos un punto en el cual disentimos desde el derecho .

Luego, explicó que el motivo por el cual están en contra es porque se trata de un derecho adquirido de un concejal que asume y está en funciones y adscripto a esa normativa no se le puede cesar en el derecho de manera retroactiva .

En consecuencia, "nosotros vamos a ir a la Justicia a reclamar nuestros derechos, estamos armando un recurso de amparo pese a que la Asesoría General de Gobierno tiene una mirada diferente a la que nosotros planteamos .

Finalmente afirmó que ha conversado de este tema con otros intendentes y que algunos "ya han manifestado que también presentarán un amparo en relación a la limitación de las reelecciones porque consideran que no se puede considerar caprichosamente éste, como el primer mandato de aquellos que hace más tiempo están en el poder".

La ley que ya entró en vigencia traería cambios en la liquidación de los sueldos de los concejales a partir del mes próximo. El artículo 9 determina que los concejales que están en funciones y tienen otro cargo, dejarán de percibir su sueldo, lo que les origina cambios rotundos de un día para el otro en las condiciones laborales. 

Cabe recordar que la iniciativa en la legislatura para promover esta ley la tuvo el massismo y contó con el aval de la gobernadora María Eugenia Vidal.