El Tribunal Oral en lo Criminal N°2 de Mar del Plata condenó a Matías Gabriel Farías (29) y Juan Pablo Offidani (48) por el delito de abuso sexual agravado y el femicidio de Lucía Pérez, en un segundo juicio por el asesinato de la joven ocurrido el 8 de octubre de 2016. 

Los jueces Gustavo Fissore, Roberto Falcone y Alexis Simaz dictaminaron que Farías fue el autor del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el suministro de estupefacientes en concurso real con femicidio, mientras que consideraron que Offidani fue partícipe secundario del mismo delito. 

Por esta razón, Farías fue condenado a la pena de prisión perpetua y Offidani sentenciado a 8 años de cárcel, que se suman a otra sentencia en su contra y hacen un total de 15 años.  

De izquierda a derecha: Offidani y Farías
De izquierda a derecha: Offidani y Farías

Sin embargo, los jueces pidieron investigar la presencia de “terceras personas” dado que la pericia forense hecha en la escena del crimen arrojó rastros genéticos humanos no atribuidos a los dos condenados en este juicio. 

El primer debate oral por el femicidio de Lucía Pérez se realizó a finales de 2018 en el Tribunal Oral Federal 1 de Mar del Plata, a cargo de Facundo Gómez Urso, Pablo Viñas y Aldo Carnevale. En esa oportunidad, los magistrados condenaron a Farías y Offidani por el delito menor de “suministro de estupefacientes" y los absolvieron por el femicidio y el abuso sexual. 

La familia y la fiscalía apelaron el fallo y en agosto de 2020, la Sala IV del Tribunal de Casación bonaerense revocó esas absoluciones, dispuso la "nulidad" del juicio y ordenó la realización de uno nuevo. Más tarde, la Suprema Corte provincial ratificó la decisión y puso fecha al debate oral. 

Cabe señalar que Gómez Urso y Viñas fueron suspendidos en sus funciones para ser sometidos a un jury, mientras que Carnevale renunció a su cargo para jubilarse yevitó ser sometido al enjuiciamiento.