El derecho a la ciudad, una deuda pendiente
El acceso al suelo y a la vivienda digna son conflictos urbanos significativos para una gran parte de la población. Una proporción considerable de las aproximadamente 3,5 millones de viviendas que explican el déficit habitacional está reflejada en las villas y asentamientos informales.
Por Fernando Bercovich y Guadalupe Granero Realini*
A finales de los sesenta, el filósofo Henri Lefebvre le puso nombre a la que sería hasta hoy una bandera de las luchas urbanas: el derecho a la ciudad. Este concepto, retomado luego por el geógrafo marxista David Harvey, define mucho más que el acceso individual o familiar a una vivienda digna. Se trata del acceso por parte de una comunidad a todo lo que ofrece la ciudad: servicios de infraestructura básicos, una red de transporte adecuada, espacios verdes y de oferta cultural. Implica, además, el derecho a participar de la vida urbana y de las decisiones sobre el desarrollo de la ciudad.
En Argentina, este derecho es todavía una deuda pendiente. El acceso al suelo y a la vivienda digna son conflictos urbanos significativos para una gran parte de la población. Una proporción considerable de las aproximadamente 3,5 millones de viviendas que explican el déficit habitacional está reflejada en las villas y asentamientos informales. El relevamiento realizado por el Registro Nacional de Barrios Populares (RENABAP), junto a organizaciones como la CTEP, Techo y Cáritas, entre otras, indica que en el país hay 4228 “barrios populares”, áreas de ocho o más familias agrupadas, donde más de la mitad de la población no cuenta con título de propiedad ni acceso regular a dos, o más, de los servicios básicos.
En esas villas y asentamientos viven alrededor de 3 millones de personas, cifra que viene en aumento desde el 2015, según estimaciones del INDEC. Los datos de la Encuesta Permanente de Hogares indican que, luego de tocar su mínimo histórico en el año 2013, el porcentaje de viviendas en villas viene creciendo, tendencia que se aceleró desde mediados de 2016. Para el último trimestre de 2017 se retrocedió a niveles similares a los de 2008.
El proyecto de ley nacional de Régimen de Integración Socio-Urbana y Regularización Dominial, presentado por el Ejecutivo en abril y que está siendo tratado en comisiones de diputados, aborda un problema estructural de las villas y asentamientos: el acceso al suelo. Esto es un paso importante, pero es necesario aprovechar el momento de discusión para que la ley alcance la complejidad que conlleva la regularización. Para que este proceso sea totalmente beneficioso para las familias que viven en las villas y asentamientos de todo el país, se deben tener en cuenta varios puntos.
La participación de los habitantes de los barrios afectados por la ley es clave. Se deben incorporar procesos participativos que involucren a los vecinos, sobre todo en casos que impliquen relocalizaciones. También es importante que, en estos términos, se involucren las organizaciones que trabajan activamente en el tema y que pueden aportar información y experiencias que mejoren los procesos propuestos.
La ley implica articular a todos los niveles de gobierno. Por un lado, hay que tener en cuenta que las provincias tienen competencias territoriales propias, por lo que hay que analizar que la nueva ley no avance sobre las autonomías provinciales. Por el otro, se debe garantizar que todas las administraciones trabajen de acuerdo a la normativa propuesta, tanto en lo que refiere a frenar los desalojos como a la provisión de servicios públicos. Esto debería ser una garantía incluso para los barrios que no están incluidos y deban iniciar el proceso de registro.
La entrega de títulos no es la única forma de acceso a la vivienda. Teniendo en cuenta que los trámites de expropiación pueden ser engorrosos y largos, y que no previenen un desplazamiento posterior de los vecinos vía la compra de terrenos por parte de desarrolladores, es importante dejar esto en claro. Lo que se tiene que garantizar es la seguridad de la tenencia, y para ello existen diversos instrumentos que efectivizan formas de tenencia que podrían ser incorporados a la ley: la concesión del derecho de uso, la prescripción adquisitiva individual o colectiva, el alquiler, entre otros, que permiten agilizar tiempos y abordar las diversas situaciones, atendiendo especialmente a los sectores más vulnerables.
En la presentación del proyecto, la ministra de Desarrollo Social, Carolina Stanley, mencionó que aproximadamente el 60% de las tierras relevadas a expropiarse por medio de la ley son privadas, lo que quiere decir que probablemente el Estado tenga que pagar esas tierras. Este costo, al igual que la financiación general del proceso de urbanización, no está explicitado en el proyecto presentado, lo que fue motivo de quejas por parte de legisladores y representantes de los barrios en el trabajo de comisiones el miércoles pasado.
Si bien el proyecto de ley puede ser un avance, es imprescindible que iniciativas como esta se den en el marco de acciones que reduzcan el crecimiento de villas y asentamientos mediante la implementación de políticas que faciliten el acceso a la vivienda y a la ciudad en general. Esto implica una fuerte regulación del mercado inmobiliario y de suelo, que incluye pero no se agota en: impuestos a las viviendas vacías y estrategias de movilización de los vacíos urbanos y suelo ocioso, construcción de vivienda social en el interior de la ciudad, una la ley nacional de alquileres (que cuenta con media sanción en el Senado pero está frenada en Diputados) y mecanismos de acceso real al crédito.
*Sociólogo (UBA). Realizó cursos de posgrado en Ciudades (The New School) y Sociología Económica (UNSAM). Twitter: @ferbercovich // Urbanista. Investigadora y docente de la Universidad de Buenos Aires.