Dime qué entiendes por igualdad y te diré quién eres
La universalización de un principio meritocrático que esté dado sin el acompañamiento de políticas redistributivas que busquen reducir la desigualdad, esconde el bosque detrás del árbol
El modo en el que entendemos la igualdad se relaciona directamente con nuestras demandas y expectativas políticas y económicas. En otros términos, dime qué entiendes por igualdad y te diré quién eres. Y esto es así porque en el corazón del concepto de igualdad alberga alguna noción densa de justicia social que muchas veces no queda suficientemente clara y la cual debe descifrase. La igualdad es un concepto polisémico que puede ser concebido de diferentes modos y formas; está claro que muchas veces de formas contrapuestas. La fuerza retórica de la que goza este concepto dentro del discurso político es directamente proporcional a la ambigüedad con que se lo utiliza. De ahí que no es un hallazgo advertir que desde casi todos los sectores políticos se alude y se levanta la bandera de la igualdad sin aclarar demasiado cuál es la definición densa con la que se comprometen y cuáles son las razones que se esgrimen para abrazar esa concepción antes que otra.
En ese mismo sentido, lo que sí es notorio es el hecho de que cuando algunos políticos utilizan al concepto voluntariamente de un modo vago o forzosamente ambiguo, no se los inste a aclarar el punto permitiéndoles con eso que crezcan simplificaciones absurdas del tipo: la culpa de la pobreza es de los pobres por cierta timidez para el esfuerzo. Lejos de falsas simplificaciones, el concepto de igualdad involucra varias dimensiones y problemáticas interconectadas que ponen el foco en aspectos de la estructura social, el trato igualitario ante la ley y las instituciones, las formas de nivelación y/o compensación que debe trazar un Estado, los criterios de reparto, las reglas y los principios distributivos y, nada menos, qué es lo que ha de ser objeto de reparto. Una noción de justicia- sea jurídica o sea social- precisa demarcar aspectos vinculados tanto con la igualdad retributiva como con la igualdad distributiva.
Precisar en qué consiste el trato igualitario, conlleva precisar en qué consiste una igualdad efectiva ante la ley y cuál es el modo correcto de distribución de los beneficios de la cooperación social. En ese punto, se abre el interrogante de cuán dispuestos están los más favorecidos a costear políticas públicas que impidan o busquen evitar que se disparen grandes brechas de desigualdad social. En otros términos, comprometernos con la igualdad implica que podamos explicitar qué índice de desigualdad nos es colectiva e individualmente perjudicial. Si existe algún compromiso fuerte con la idea de igualdad, es difícil estar lejos de modelos y propuestas políticas que estén orientadas a reparar las desigualdades estructurales inmerecidas en las que nacen y crecen (y mueren) la mayor parte de los niños de este país.
Cuando existen diferencias sustantivas en el piso desde el que parten las personas en la estructura social, la deseable igualdad de oportunidades por la que tanto se brega y el crecimiento por el propio mérito, se vuelven un mito que mal explica una compleja realidad. Si no se tiende a igualar las posiciones socioeconómicas y culturales de los más desfavorecidos, se moldean las expectativas sociales, laborales, económicas y educativas de ese sector de la sociedad- en una charla Tedx muy visitada, Mayra Arena explicó magistralmente ciertas obviedades, invisibilizadas, que permiten poner el ojo sobre lo que tienen los pobres en la cabeza-.
La universalización de un principio meritocrático que esté dado sin el acompañamiento de políticas redistributivas que busquen reducir la desigualdad, esconde el bosque detrás del árbol y crea la fantasía de que el hijo del juez tiene efectivamente las mismas chances de convertirse en juez al igual que el hijo de un recuperador urbano.
*Doctor en Filosofía. Docente-investigador. Universidad Nacional de La Plata. Universidad Nacional de Quilmes. Twitter: @danielbusd